Reglamento de la promoción digital: “Bicentenario con Del Fogón”

Reglamento de la promoción digital: “Bicentenario con Del Fogón”

Artículo 1.- DISPOSICIONES GENERALES:

La compañía Derivados de Maíz Alimenticio, S.A. (Demasa) cédula jurídica 3-101-017062, (en adelante la ORGANIZADORA) es la empresa organizadora y patrocinadora de la promoción “Bicentenario con Del Fogón” y por consiguiente en acatamiento de lo dispuesto en la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, se establecen por este medio los lineamientos, requisitos y condiciones para dicha promoción, la cual está dirigida a todos los (as) consumidores que sean mayores de edad del país ( Costa Rica) (en adelante denominados Los Participantes) que cuenten con su documento de identidad que sea válido y reconocido por el Estado Costarricense y se encuentre vigente. Los extranjeros deberán contar con un pasaporte o cédula de residencia vigente.  Los Participantes deberán aceptar y cumplir las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, y que acepten y cumplan las disposiciones contenidas en el presente Reglamento.

Artículo 2.  DEFINICIONES:

Para los efectos del presente Reglamento, se definen los siguientes términos que, en forma repetida se usarán en el curso de este Reglamento:

1.- “Reglamento”: el presente documento

2.- “Promoción”: la actividad promocional aquí regulada.

3.- “Consumidor final”: toda persona que adquiere para sí y para su consumo personal y/o de su familia los productos promocionados.

4.- “Favorecido o favorecida”: la persona que resulte seleccionada como tal y que para ser declarada como ganadora, debe cumplir con el Reglamento y firmar el documento de aceptación y exoneración de responsabilidad.

5.- “Ganador o ganadora”: la persona que habiendo sido favorecida o favorecido, y cumpliendo con todos los requisitos, acepte un premio por medio del documento elaborado a tal efecto.

Artículo 3.- VIGENCIA DE LA PROMOCIÓN:

La promoción es por tiempo limitado, inicia el 16 de julio y finaliza el 02 de agosto, ambas fechas del año 2024.

La Patrocinadora se reserva el derecho de modificar en cualquier momento, las fechas y condiciones del presente reglamento y podrá suspender la promoción en cualquier momento, sin asumir responsabilidad  alguna, si se llegare a detectar defraudaciones, alteraciones, imitaciones, o cualquier otra irregularidad durante la vigencia de la promoción, o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor que afecte gravemente los intereses de la empresa Patrocinadora, todo lo cual será comunicado por la ORGANIZADORA oportunamente y directamente en los puntos de venta.

Artículo 4.- CONDICIONES Y FORMA DE PARTICIPAR (MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN) 

1.- Como requisito para participar en esta promoción, los Participantes deberán ser mayores de edad (18 años cumplidos).

2.- Para quedar participando en esta promoción, los participantes deberán contar un teléfono inteligente, computadora, Tablet, o cualquier otro medio que cuenta con internet y pueda acceder al perfil de Facebook https://www.facebook.com/tortillasdelfogon/ y deberá comentar y responder las preguntas relacionadas con la presente promoción.

3.- Las personas que hayan ingresado a la aplicación de la promoción de la forma indicada, pasarán automáticamente a formar parte de la Base de Datos de Participantes, para participar en los sorteos de la promoción.

4.- El Participante entiende que para poder participar en la Promoción deberá de suministrar sus datos personales a la Compañía, en caso de que ésta los solicite. Los cuales serán archivados en la base de datos de la misma. En consecuencia, al participar en la Promoción el Participante otorga su consentimiento para que la Compañía cuente con sus datos personales. Al brindar sus datos personales, el Participante manifiesta y garantiza que cuenta con autorización suficiente para participar a título personal y disfrutar del premio.

5.- Toda persona que desee participar en la promoción o reclamar un premio, deberá tener conocimiento de este Reglamento y cumplir con el mismo,  ya que el reclamo y el eventual recibo del premio, conlleva la obligación de conocer las condiciones y la forma de participación, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto al premio. Por lo anterior y para todos los efectos legales, la Organizadora entenderá que la manifestación de voluntad de la aceptación de ese conocimiento por los Participantes, se verificará por el simple hecho de participar en esta promoción, como se indicará más adelante y en general, de cualquier modo reclamar un premio, en cuyo caso, el patrocinador exigirá al Ganador, que mediante documento escrito declare dicha manifestación y a su vez se adhiera por completo a todas y cada una de las cláusulas del Reglamento. Si un ganador no se adhiere o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, la Organizadora no asumirá ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de permitir la participación y de entregar del premio.-

Artículo 5.- PREMIOS Y RESTRICCIONES.:

EL premio a sortear en la promoción “Bicentenario con Del Fogón” será para tres (3)  ganadores o ganadoras, que incluye:

  • Kit del Bicentenario que incluye (chonete, camisa del bicentenario y pañuelo del bicentenario.

En ningún caso se podrán sustituir los premios por dinero en efectivo. Los premios tienen las características, y especificaciones seleccionadas de antemano por la empresa Patrocinadora, por lo tanto cada ganador se conformará con ellos y  no se aceptarán cambios ni reclamos.

SORTEO:

1.-El sorteo  para asignar el premio de la presente promoción se realizarán en forma virtual, en presencia de Notario Público, quien levantará el acta respectiva con la persona favorecida.

El día y la hora que determine la Patrocinadora se realizará el sorteo para asignar al Ganador.

La Patrocinadora se reserva de forma unilateral, el derecho de modificar dichas fechas por razones de conveniencia u oportunidad.

El sorteo se realizará de la siguiente manera:

  • Primera dinámica: 16 de julio un (1) ganador de un Kit Bicentenario se anunciarán el día 22 de julio del 2024
  • Segunda dinámica: 18 de julio un (1) ganador de un Kit Bicentenario se anunciarán el día 26 de julio del 2024
  • Tercera dinámica: 23 de julio un (1) ganadores de un Kit Bicentenario se anunciarán el día 31 de julio del 2024

2.-Todos los consumidores que participaron y comentaron en la red social indicada en este Reglamento, formarán parte de la Base de Datos elaborada por la Patrocinadora para dichos efectos.

3.-Los datos válidos generados por el sistema serán mezclados suficientemente en forma digital mediante funciones aleatorias o “random". De entre el total de los participantes válidamente, se procederá a escoger al azar y aleatoriamente al favorecido (a) de la promoción. Se escogerá el o la suplente que la Patrocinadora determine, que serán convocados en el mismo orden en que fueron elegidos en el sorteo respectivo, únicamente si el favorecido respectivo no es localizado, o no cumple el Reglamento, o sus datos son incongruentes con los que se aportaron para participar, o éste no se encuentra en las condiciones que indica el Reglamento, o simplemente no acepta el premio y/o se niega a firmar el documento de aceptación del mismo. El o los suplentes tendrán las mismas obligaciones indicadas en este reglamento, si son convocados. El nombre de los suplentes no se hará público, a menos que sea necesario entregarles un premio.

4.-Cada favorecido en el sorteo, será contactado por el patrocinador mediante vía electrónica por medio de mensaje, para constatar la identidad y los datos del participante, y para determinar si cumple con los requisitos para ser declarado como ganador. Los organizadores de la promoción realizarán un máximo de tres intentos de localizar a cada favorecido, de cada intento se dejará constancia escrita. Si una persona favorecida no fuese localizada en el transcurso de las veinticuatro horas posteriores al sorteo, o no cumple con los requisitos reglamentarios para recibir el premio, de dicha circunstancia se dejará constancia en el acta que se levante al efecto. En estos casos, se procederá a convocar al primer suplente, quien asumirá las mismas obligaciones y responsabilidad que el favorecido no declarado. El favorecido será declarado ganador en el momento que acepte el premio con todas sus condiciones y limitaciones, sean las indicadas en este reglamento, y siempre y cuando firme el documento de aceptación, limitaciones y exoneración de responsabilidades del premio.

5.-El resultado del sorteo  de la presente promoción se dará a conocer por medios digitales, en el curso de los siguientes 5 días hábiles después de realizado cada  sorteo, esto sin perjuicio de que pueda ser utilizado cualquier otro tipo de medio de comunicación adicional. La Patrocinadora se reserva el derecho de cambiar la fecha de los anuncios, por motivos de conveniencia u oportunidad.

Artículo 6.- CONDICIONES PARA EL RETIRO DEL PREMIO:

Para el retiro del premio, es requisito obligatorio e inexcusable, que el ganador presente el documento de su identidad personal y llene el formulario de recibido conforme del premio anteriormente mencionado así como la carta de liberación de responsabilidad.

El ganador (a) firmará conforme el recibo de su premio una vez concluya el proceso de entrega de este y de tal forma liberará a la Patrocinadora de toda responsabilidad.  Si el ganador (a) no acepta el premio o las condiciones de este, el premio se considera renunciado y extinguido en relación con el ganador y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.

La Patrocinadora suspenderá en forma inmediata la presente promoción, sin asumir responsabilidad alguna, si se llegare a detectar defraudaciones, alteraciones, imitaciones, o cualquier otra irregularidad durante la vigencia de la promoción, o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor que afecte gravemente los intereses de la empresa Patrocinadora.

Las personas que no presenten la documentación requerida, quedan automáticamente descalificados para recibir el premio, situación que los Participantes aceptan por el simple hecho de participar en la promoción.

El Participante ganador que no lleve consigo original y copia del documento de identidad vigente válido en Costa Rica hará caducar el derecho al premio bajo su total responsabilidad y sin que exista posibilidad de reclamo alguno contra la Organizadora. La entrega del premio es personal, razón por la cual ningún apoderado y/o representante podrá apersonarse a retirar el mismo en nombre del ganador.

Fecha límite para reclamación del premio:

  • Primera dinámica: Fecha límite para reclamar el premio 30 de julio del 2024
  • Segunda dinámica: Fecha límite para reclamar el premio 30 de julio del 2024
  • Tercera dinámica: Fecha límite para reclamar el premio 08 de agosto del 2024

Pasado este plazo caducará el derecho del ganador de hacer efectivo el premio, quedando liberada la Organizadora de toda responsabilidad por tal concepto.

Cumplidos los plazos en las condiciones indicadas, caducará el derecho al canje de cualquier premio, por lo que la Organizadora no reconocerá premio alguno, ni tendrá obligación alguna con ningún participante y/o ganador de la promoción.

Artículo7.- LIMITE DE RESPONSABILIDAD:

La responsabilidad del Patrocinador termina con la entrega del respectivo premio al ganador (a) y por consiguiente la Patrocinadora estará exenta de toda responsabilidad por cualquier circunstancia que ocurriera al consumidor ganador durante el evento.

La presente promoción se rige por este Reglamento, y en forma supletoria y complementaria se tiene por incorporada la legislación nacional, la jurisprudencia judicial y administrativa, así como las resoluciones de la Comisión Nacional del Consumidor, en cuanto sean aplicables.

La Organizadora se reserva el derecho de determinar de acuerdo a los intereses de la promoción y de los derechos de los consumidores, los casos en que se incumpla con los artículos anteriores, y de suceder alguna de estas circunstancias, del hecho se dejará constancia en el Acta Notarial que el día del sorteo se levante a dichos efectos o si el hecho ocurre o se conoce posteriormente, en acta independiente.

4.-Cualquier asunto que se presente con la promoción y que no se encuentre previsto en el presente Reglamento, será resuelto por la Organizadora, en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

5.- Si la Organizadora por algún motivo no puede localizar a una persona que resultó favorecida en un sorteo en el plazo indicado en el Reglamento, ya sea porque ésta brindó incorrectamente sus datos o por cualquier otro motivo; ello no generará responsabilidad de ningún tipo para el patrocinador, y el interesado perderá el derecho a reclamo o indemnización alguna. Deberá haber total coincidencia entre los datos brindados para participar y el documento de identificación del favorecido; de otro modo el premio no será entregado.

6.-La Organizadora podrá verificar los datos aportados por los participantes. Las personas que no cumplen con los requisitos reglamentarios serán descalificadas.

7.- Las personas ganadoras deberán firmar conforme el recibo del premio, aceptando todas las limitaciones y condiciones que el premio represente y de tal forma liberará a la Organizadora de toda responsabilidad.

8.- Los premios no son transferibles.   La Organizadora estará obligada a entregar el premio únicamente a cada persona declarada como favorecida y, en su caso ganadora, en el sorteo de la promoción, una vez verificado que cumplen con los requisitos reglamentarios.

Artículo 8.-PUBLICIDAD:

Con el fin de hacer público el resultado de la promoción “Bicentenario con Del Fogón” los participantes autorizan expresamente a Derivados de Maíz Alimenticio, S.A., para que, en caso de resultar favorecido, su nombre pueda aparecer en periódicos y demás materiales publicitarios de divulgación posterior a la promoción, sin que por ello tengan derecho a obtener ninguna compensación adicional. Se respetará el ordenamiento aplicable a los materiales audiovisuales e impresos en relación con las personas.

Artículo 9.- RESTRICCIONES.

No podrán participar en la promoción “Bicentenario con Del Fogón”los empleados de las empresas Derivados de Maíz Alimenticio, S.A., los empleados del punto de venta participantes, los proveedores que brindaron el servicio a la Patrocinadora, ni los proveedores y sus empleados que brindan servicio outsourcing en la atención de los puntos de venta participantes a la Patrocinadora.

Artículo 10. INFORMACIÓN:

El Reglamento de la presente promoción será publicado, a criterio del patrocinador, en los medios de prensa, y/o redes sociales y puntos de venta que estime convenientes.

Cualquier consulta sobre la promoción  “Bicentenario con Del Fogón” se podrá evacuar a través de la línea telefónica de servicio al cliente número 800-3-Demasa (800-3336272) en un horario de lunes a jueves de 8 am a 6 pm, viernes de 8 a 2:30 pm.

Queda prohibida la reproducción total o parcial de este Reglamento, cuyos derechos de propiedad intelectual se reserva Derivados de Maíz Alimenticio, S.A.